El miércoles 4 de junio de 2025, a las 22.30, en Ciudad Evita (La Matanza, Provincia de Buenos Aires), un joven efectivo de la Policía Federal, en circunstancias que aún son motivo de investigación, efectuó once disparos con su arma reglamentaria, que impactaron en cuatro personas, dos de las cuales fallecieron a causa de las heridas recibidas. La segunda víctima fatal, Thiago Correa, de siete años de edad, recibió un disparo en la cabeza mientras esperaba el colectivo con su padre, a 180 metros del policía que tiraba.
La investigación recayó en la Fiscalía de Homicidios de La Matanza, que ha reconstruido la siguiente hipótesis del caso: esa noche un policía federal vestido de civil fue abordado por cuatro personas, con fines de robo, que lo amenazaron con un arma de fuego. El policía, quien circulaba junto a su madre, extrajo su arma reglamentaria y disparó contra los asaltantes. Brandon Corpus, de 18 años, falleció en el lugar con seis impactos de bala. Uriel Emanuel Leiva, de 21 años, recibió un balazo en el abdomen y se encuentra internado. Un tercer asaltante, Uriel Alexis Monteovo, también de 21 años, recibió un disparo en la pierna derecha. Otros dos disparos no lastimaron a nadie y el restante le costó la vida a Thiago.
Al policía le formularon cargos por presunto “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa, en grado de tentativa y con dolo eventual” y fue detenido en prisión preventiva. La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, recorrió desde el primer momento los estudios de televisión y brindó una conferencia de prensa para justificar el accionar del imputado. La Policía Federal, fuerza a la cual el ahora detenido se había incorporado hace pocos meses, está bajo la órbita de su ministerio. Considerando la doctrina de la responsabilidad ascendente que aplicó recientemente la Corte Suprema de Justicia en la denominada Causa Vialidad, Bullrich podría estar actuando simplemente en defensa propia.
La estrategia comunicativa de la ministra fue profusamente comentada por la nutrida cohorte de panelistas que engalana la televisión argentina, para lo cual también se convocó a estudios a las consabidas voces especializadas. De modo que durante la semana se habló bastante de las sutilezas interpretativas en torno al Código Penal Argentino, artículo 34 inciso 6, sobre las acciones no punibles de quien obrare en legítima defensa.
El principio de la legítima defensa es citado en la bibliografía como un derecho fundamental vinculado al derecho a proteger la propia vida. Sin embargo tiende peligrosamente a confundirse con el derecho a la protección de la propiedad privada. Como sea, del articulado penal en cuestión se pueden decir dos cosas: que establece los parámetros de consideración para el accionar posterior a los acontecimientos; es decir, que es de naturaleza histórica; y que fija unos criterios que pueden ser interpretados de maneras más o menos restrictivas.
Para que una conducta sea valorada como legítima y defensiva, se requiere acreditar tres condiciones:
- que estuvo motivada por una agresión ilegítima;
- que había necesidad racional de emplear el medio utilizado para repeler dicha agresión;
- que no mediare previamente provocación suficiente a la agresora por parte de la defensora.
Mientras el Juzgado de Garantías y la Fiscalía de Homicidios trabajan en La Matanza para avanzar en la causa, el policía permanece detenido luego de que el pedido de excarcelación que presentó su defensa fuera rechazado.
Exactamente una semana después de esos asesinatos, el diputado nacional José Luís Espert participó en la primera jornada del XVII Congreso Internacional de Comunicación Política, que se llevó a cabo en el Auditorio San Juan Pablo II de la Universidad Católica Argentina. Espert, quien se hizo conocido por su eslogan criminal “Cárcel o bala”, fue invitado como expositor a ese congreso de comunicación política organizado por una tal Cumbre Mundial de Comunicación Política junto a cierta Asociación Argentina de Consultores Políticos. El programa de actividades lo anunció como integrante del panel legislativo en la apertura oficial del congreso, junto al diputado Martín Yeza y los senadores Maximiliano Abad y Sergio Uñac.
El panel, moderado por el consultor político Daniel Ivoskus, transcurrió con normalidad hasta que, durante la charla informal, al final del intercambio de ideas entre los participantes, invitaron al diputado Espert a compartir alguna anécdota personal. El legislador consideró oportuno recordar la vez que insultó a Florencia Kirchner y a su madre, Cristina Fernández, con un solo mensaje de Twitter. El exabrupto no fue tolerado por miembros del público presente en el auditorio, que repudiaron acaloradamente las expresiones de Espert hasta exigirle que se retire inmediatamente, lo que el diputado hizo por una puerta lateral, acompañado de su custodia personal.
Este incidente fue reflejado también por los medios de comunicación. Algunos intentaron, incluso, presentar lo sucedido como un “Violento escrache al diputado José Luis Espert”. Pero la idea de que fue un escrache no se puede sostener más que con el firme propósito de tergiversar los hechos. Espert llegó hasta la sede de la UCA e ingresó al auditorio sin ningún inconveniente, y durante el desarrollo del panel legislativo no sufrió ninguna agresión por parte de las personas reunidas para escucharlo. Sólo cuando, una vez terminadas las exposiciones, el diputado se jactó, con palabras completamente inapropiadas para el ámbito en el que se encontraba en ese momento, de haber insultado a la ex presidenta y a su hija, es que la asistencia reaccionó repudiándolo y exigiéndole que se retire inmediatamente. Como yo lo veo, se trató más bien de un caso de legítima defensa.
Lamentablemente, la coyuntura internacional parece tan desconcertante como la doméstica para entender lo que reconoce como legítima defensa y lo que no. Que Rusia despliegue operaciones en una frontera militarizada en la que, además, se anuncia la instalación de bases de una alianza militar enemiga es motivo para dejar a ese país fuera de la comunidad internacional. Pero Israel puede bombardear un país a 2000 kilómetros de distancia y decir que se trató de un “ataque preventivo” sin que ninguna de las potencias de la OTAN condene a ese ataque unilateral que ha desestabilizado Oriente Medio de manera impredecible.
Las personas como José Luís Espert y Patricia Bullrich parecen sentirse a gusto forzando el concepto de legítima defensa hacia la forma de una moderna Ley del Talión. El 16 de junio de 1955, antes de ser derrotada por las tropas leales al gobierno constitucional, una conspiración golpista impulsada por sectores conservadores, la UCR y oficiales de la Marina y otros sectores de las Fuerzas Armadas, llevó a cabo un bombardeo con veinte aviones de combate que arrojaron trece toneladas de bombas sobre la Plaza de Mayo, asesinando a más de 300 personas e hiriendo al menos a otras 800. El objetivo del ataque era derrocar al presidente Perón.
La “agresión ilegítima”, en este caso, fue una masacre sobre la población civil… ¿Qué medidas se podrían haber considerado respuesta necesaria y racional ante esa acción armada? Deja mucho para pensar nuestro presente el que, incitado por sectores afines al gobierno para adoptar decisiones extremas, en lugar ceder a la tentación del ojo por ojo, la respuesta de Juan Domingo Perón haya sido: “Nosotros, como pueblo civilizado, no podemos tomar medidas que sean aconsejadas por la pasión, sino por la reflexión”.