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POLÍTICA

Terminó el juicio, la lucha sigue

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca, a cargo del juez Alejandro Adrián Silva, encontró culpables del delito de usurpación a seis integrantes de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu, que llevaban adelante un proceso de recuperación territorial en tres predios ubicados en Villa Mascardi, cerca de Bariloche. Cinco de los seis son mujeres y esta condena corona un proceso judicial plagado de hechos de violencia institucional.

Las penas que impartió el tribunal unipersonal van desde un año hasta 2 años y 6 meses de prisión en suspenso. Además, se les ordenó una serie de medidas de conducta que deben cumplir y el pago de las costas del proceso penal.

A Betiana Colhuan, que es considerada “la machi” para esta comunidad y era menor de edad al momento de los hechos, el juez impuso una pena de dos años y dos meses de prisión en suspenso, por encontrarla coautora penalmente responsable del delito de usurpación por despojo, dos hechos en concurso real entre sí.

A Luciana Jaramillo y Romina Rosas, les impuso una pena de dos años y cuatro meses; a María Celeste Ardaiz Guenumil, un año; a Yéssica Boneffoi, dos años y seis meses, igual que a Matías Santana, a quien el juez ordenó unificar el cumplimiento de la pena con la de otra causa anterior donde fue condenado por “atentado a la autoridad” a un año de prisión. Además, ordenó el cese inmediato de la prisión domiciliaria que estaba cumpliendo y su puesta en libertad.

A todos les impuso el pago de las costas del proceso y el cumplimiento de una serie de reglas de conducta, entre las que se encuentran realizar trabajos no remunerados en favor del Estado y la prohibición de acercamiento a la estancia “La Escondida”.

El juez no hizo lugar al pedido de sobreseimiento de Betiana Colhuan presentado por la defensa, por considerar que era menor de edad al momento de los hechos que se le imputaban. También rechazó el pedido de extinguir la acción penal porque los hechos imputados ya habían sido objeto de una causa anterior.

Asimismo, Silva rechazó la solicitud del Ministerio Público Fiscal y de la querella que representaba a la Administración de Parques Nacionales de remover el “rewe”, un elemento que se utiliza en las ceremonias espirituales mapuche.

Las penas que impuso el juez son menores de las que habían solicitado las partes acusadoras y no son de cumplimiento efectivo. La fiscalía, representada por Rafael Mehlis Ruiz, había pedido 4 años de prisión efectiva para cinco de los imputados, y 2 años de prisión en suspenso para Ardaiz Güenumil por estar acusada en un solo hecho. Las querellas, por su parte, habían pedido penas máximas de 3 años.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 30 de mayo.

El poder político mete la cola

El largo proceso de recuperación territorial que inició la comunidad Lafken Winkul Mapu estuvo atravesado por varias instancias judiciales y por múltiples hechos de violencia institucional.

En octubre de 2022, durante el Gobierno peronista de Alberto Fernández, la justicia ordenó un allanamiento en Villa Mascardi. Fuerzas federales ingresaron al territorio y se llevaron detenidas a las mujeres, muchas de las cuales estaban con sus hijos menores de edad y, una de ellas, Celeste Guenumil, cursando un embarazo. La jueza federal, Silvina Domínguez, las procesó y les dictó la prisión preventiva.

Con el argumento de que no había una dependencia federal acorde para alojar a las detenidas en Bariloche, la jueza ordenó trasladarlas a la cárcel de Ezeiza, en la provincia de Buenos Aires. El hecho generó numerosas denuncias de la comunidad y de sus representantes legales, pero también de organismos de derechos humanos que advirtieron el ejercicio de la violencia institucional sobre estas mujeres, que fueron trasladadas a más de dos mil kilómetros de distancia de su lugar de residencia.

Foto: Eugenia Neme.

El traslado y las condiciones en las que se realizó –las llevaron esposadas, sin informarles a dónde iban; luego las hicieron desnudarse y quitarse los atributos propios de su cultura- motivó la presentación de un habeas corpus impulsado por organismos de derechos humanos y la renuncia de Elizabeth Gómez Alcorta a su cargo al frente del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad.

A su regreso a Bariloche, la jueza unificó la causa abierta ese año por la usurpación en un hotel de Parques Nacionales, con dos causas anteriores por usurpación por hechos cometidos en 2018, en dos propiedades privadas: Los Radales y La Escondida.

La lucha por la recuperación territorial de esta comunidad comienza todavía más atrás. En 2017, el presidente de entonces, Mauricio Macri, junto con su ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, ordenaron desalojar el territorio. En el operativo llevado adelante por Prefectura, fue asesinado Rafael Nahuel y fueron heridos con armas de fuego otros dos integrantes de la comunidad, Gonzalo Coña y Johana Colhuan.

Para los integrantes de la Gremial de Abogados, que representaron a la comunidad, se trató siempre de “una causa armada” con “un final anunciado”. Como señalaron en un comunicado difundido después de conocer el veredicto, “las sentencias contra los pueblos originarios se firman en los despachos judiciales pero se redactan en otros lados”.

El Werken Orlando Carriqueo, integrante de la Mesa Política Zona Valle de la Coordinadora Mapuche Tehuelche, luego de la sentencia, escribió: “El Poder Judicial ha sido siempre el brazo ejecutor del despojo comunitario indígena. Pero también debe saber la sociedad que jamás dejaremos de luchar por nuestra dignidad de vivir en nuestro territorio”.

Momentos antes, durante el uso de las palabras finales que pueden hacer los acusados, un mensaje dejaron suspendido en el aire: “Para nosotros volver a nuestro territorio no es delito. Vamos a seguir retornando a nuestros territorios, independientemente de lo que suceda con nosotros”.

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