Familiares y amigos de Otoño Uriarte, la joven que fue secuestrada y asesinada en 2006 en Fernández Oro, marcharán este jueves en Cipolletti para repudiar el accionar de la justicia rionegrina, que condenó en primera instancia a los cuatro acusados del crimen y, meses después, un Tribunal de Impugnación revocó el veredicto.
Desde la Asamblea Autoconvocada por Otoño Uriarte, invitan a participar de la movilización bajo la consigna “no hay justicia en los tribunales, pero sí en las calles” y sostienen que “la memoria de Otoño no vive en una sentencia corrupta, vive en nosotres”.
“Cuando matan a una piba la pareja, el ex, al poco tiempo se sabe quién fue, no? Un vecino, un ex, alguien que ya tuviera una restricción… Pero cuando está la policía o gente de poder en un femicidio, ocurren estas cosas. Dieciocho años de manoseo. Tanta ha sido la incertidumbre que a esta altura exigimos saber qué le paso a Oto, quién nos quito a nuestra amiga… exigimos VERDAD”, dijeron a Intempestiva integrantes de la Asamblea.
El 8 de agosto, los cuatro acusados, Maximiliano Lagos, José Jafri, Néstor Cau y Ángel Antilaf, fueron absueltos del delito de privación ilegítima de la libertad seguida de muerte, por el que habían sido condenados a prisión perpetua el 20 de marzo pasado, por el tribunal integrado por María Florencia Caruso, Amorina Sánchez Merlo y Juan Puntel.
Los abogados defensores apelaron la sentencia, el Tribunal de Impugnación hizo una valoración distinta de la prueba y ordenó, por unanimidad, la libertad de los acusados. La medida de inmediato cumplimiento se hizo efectiva, excepto en el caso de Antilaf, que continúa en prisión porque cumple condena por otros delitos.
La decisión de absolverlos se fundamentó en objeciones vinculadas a la valoración de la prueba genética, la prueba odorológica y algunos testimonios que habían sido utilizados como sustento central de la sentencia condenatoria.
Uno de los puntos controvertidos se relacionó con la valoración del ADN hallado en un cabello identificado como “pelo 17”. La sentencia original sostuvo que existía una coincidencia significativa con el perfil genético de José Jafri. Sin embargo, el Tribunal de Impugnación destacó que esta conclusión no se correspondía con el testimonio brindado en juicio por la perito genetista Belén Rodríguez Cardozo, quien afirmó que las características genéticas observadas excluían categóricamente a Jafri y a cualquier integrante de su línea paterna como posibles contribuyentes de la muestra.
También se pusieron en cuestión las conclusiones extraídas respecto de la muestra genética levantada del nylon que cubría el cuerpo de la víctima. Según el Tribunal de Impugnación, la sentencia condenatoria habría atribuido indebidamente perfiles genéticos concretos a la víctima y a los acusados, cuando en realidad el informe pericial advertía que la degradación de las muestras impedía establecer perfiles identificables con certeza.
Otro aspecto debatido fue la prueba odorológica realizada con perros rastreadores. El tribunal de juicio de Cipolletti había sostenido que esta prueba ubicaba a los cuatro imputados en contacto con el nylon. El Tribunal de Impugnación advirtió que la pericia carecía de rigor científico suficiente, debido a las condiciones ambientales extremas a las que estuvo expuesto el nylon y la presencia admitida de falsos positivos. También enfatizó que esta prueba indiciaria no fue adecuadamente contrastada con los resultados genéticos que evidenciaban una importante degradación.
Finalmente, se revisó el peso asignado a ciertos testimonios indirectos, especialmente aquellos aportados por testigos que refirieron versiones “de oídas” y cuyas declaraciones presentaban inconsistencias o imprecisiones. El Tribunal de Impugnación entendió que dichos testimonios carecían de sustento probatorio autónomo y no se encontraban corroborados por otras evidencias objetivas que permitieran afirmar la participación de los acusados con el grado de certeza requerido.
Impunidad
El proceso judicial había empezado recién a fines de 2024, a más de 18 años del homicidio de Otoño Uriarte. La abogada querellante, Gabriela Prokopiw, que representó en el juicio a Roberto Uriarte (padre de Otoño), logró evitar que la causa prescriba, al introducir pruebas que habían sido desestimadas con anterioridad.
Tanto Prokopiw como la fiscal Teresa Giuffrida habían solicitado la prisión perpetua para los cuatro imputados, lo que fue correspondido en aquel momento por el tribunal.
Al conocer la sentencia del Tribunal de Impugnación, el intendente de Fernández Oro, Gustavo Amati, publicó en sus redes sociales un duro comunicado donde remarcó que esta decisión judicial “vuelve a poner en jaque la confianza en las instituciones”.
“Es imposible de comprender cómo pueden existir criterios tan dispares entre jueces que analizan los mismos hechos”, añadió, y sostuvo que “esa incoherencia no solo ofende la lógica, sino que lastima la confianza de la gente en la Justicia”.
Texto: Melina Fit y Laura D’ Amico
Fotos: Silvina Ojeda