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OPINIÓN POLÍTICA

La Educación: ¿derecho o servicio?

El diputado por el PRO Marcelo Bermúdez presentó un proyecto de ley para declarar la educación como un servicio público, estratégico y esencial. Dice que la medida busca garantizar los 180 días de clases al año. Lo que pierde de vista el diputado Bermúdez es que la educación es un derecho, que el Gobierno está obligado a garantizar. No es un servicio; considerarla de esta manera es bajarle un escalón en la pirámide jurídica.

La Constitución Nacional, en su artículo 14, define a la educación como un derecho. Lo mismo hace la Ley de Educación Nacional (26.206), que en su artículo 2 especifica que “la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”. Estos derechos civiles tienen una categoría jurídica superior a un servicio, y por lo tanto una mayor protección. Por ejemplo, la Organización Mundial del Trabajo (OIT) establece qué trabajos pueden calificarse como “servicios esenciales” y en esa nómina no figura la educación.

Al hablar de la educación como “servicio esencial” se la equipara a cualquier otro servicio, que se vende y se compra, como la luz o el gas. Eso le abre la puerta a otro proceso: la mercantilización y la privatización educativa. Es decir, que la trampa de la expresión “servicio esencial” no está en la palabra esencial, ya que todos coincidimos en que la educación es esencial. Pero si está en hablar de servicio, en lugar de derecho, ya que este último implica que todas las personas tengan acceso y disfrute obligatorio al mismo. Incluso, la educación como derecho también es una obligación constitucional de los padres de enviar a sus hijos a las etapas educativas que se definen como obligatorias. Estas relaciones jurídicas no son posibles en los servicios: no tengo derecho, por ejemplo, a viajar en colectivo. Si no pago el boleto no viajo, punto.

Aún a riesgo de extenderme innecesariamente en la evidente diferencia de naturaleza jurídica entre derecho y servicio, podemos afirmar que los estudiantes no son clientes y no podrían dejar de recibir educación por no pagar. Al contrario, gran parte del período educativo es obligatorio, es decir un derecho y una obligación.

Entre otros puntos, el proyecto de Bermúdez establece que, en caso de medidas de fuerza, las autoridades deben garantizar la apertura de las escuelas y la permanencia de los estudiantes durante toda la jornada escolar. Es una medida impracticable, porque para que una escuela funcione son muchas las personas que deben ser asignadas. Un solo colegio secundario grande tiene -entre docentes, administrativos y auxiliares- más de doscientos trabajadores con tareas muy específicas e irremplazables en un período corto de tiempo. Además, una medida así no podría implementarse sin un conflicto gremial y social muy grande. ¿Qué harían los docentes y auxiliares si llevan gente a sus lugares de trabajo? ¿Qué haríamos los padres de menores en edad escolar si traen gente ajena a la escuela a cuidarlos o darles clases sin ser sus docentes?

El proyecto también especifica que la ley busca evitar que las medidas de fuerza afecten las responsabilidades laborales de las familias. Entonces, ¿Cuál es la función de la escuela? ¿Educar a los niños y jóvenes o ser el lugar donde los padres dejan a sus hijos para ir a trabajar? La respuesta que nos demos también sube o baja la vara respecto de la importancia de la educación en una sociedad.

Es un debate largo y complejo que no se resuelve con el proyecto de Bermúdez. Ya lo intentaron otras provincias y nunca dio resultado. No caigamos nosotros también en estas simplificaciones que sólo buscan hacer demagogia. Debatamos entre todos, y de forma seria, cómo mejoramos la educación de nuestros niños y jóvenes. Demás está decir que espero un amplio debate sobre el tema y el rechazo por parte de los y las diputadas neuquinas.

  • Abogado

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