En la novela “1984” de George Orwell, “La guerra es la paz” es uno de los tres lemas del Partido, junto con “La libertad es esclavitud” y “La ignorancia es fuerza”. Este lema, aparentemente contradictorio, revela la manipulación del lenguaje y la realidad por parte del Partido para mantener su poder.
En la provincia del Neuquén, bajo el slogan vacío y repetido de mantener la “paz social”, el domingo pasado se reprimió brutalmente a las comunidades mapuche que estaban acampando fuera de la casa de gobierno, ante la falta de respuesta a su reclamo histórico de que les entreguen su personería jurídica.
Esquivando sus obligaciones legales, desvalorizando la integridad física y la dignidad de las comunidades mapuche y de quienes acompañaban su lucha, el gobierno de Figueroa y sus secuaces invocó un único argumento -el de “la paz social”- para justificar su proceder (y evadir sus responsabilidades). Nada dice de cuándo procederá a cumplir sus obligaciones legales (que en este caso es entregar la personería a las comunidades que lo reclaman), ni porqué no les asiste razón a las comunidades (ya que hay un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que conmina el registro de las comunidades indígenas).
El mensaje es claro: en esta provincia no se puede, ni podrá, reclamar ante las autoridades. Si se reclama, se reprime. La modificación semántica de Figueroa de la palabra paz es reprimir, golpear y vulnerar la integridad psicofísica.
El mensaje es claro: en esta provincia no se puede, ni podrá, reclamar ante las autoridades. Si se reclama, se reprime”
Entonces, ¿qué hay del derecho a la protesta social y la obligación estatal de garantizar ese derecho?
Quienes hayan leído alguna vez los instrumentos internacionales de derechos humanos, las constituciones nacional y provincial, bien saben que la protesta social es un derecho esencial, el cual nos permite reclamar por los otros derechos que no se cumplen. Es el derecho a “tener derechos”, es decir, a ejercer nuestros derechos, a reclamar que se cumplan. Si utilizamos los canales previstos legalmente y no nos responden, nos cierran las puertas, y/o el gobierno incumple con sus deberes y desconoce derechos, no queda otra que el reclamo, la protesta ante las autoridades.
Concretamente el derecho a la protesta social es quizás la única respuesta con la que cuentan los ciudadanos frente a la falta de gestión, el desinterés o el desprecio por parte de las autoridades públicas respecto de la vigencia efectiva de los derechos y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico.
el derecho a la protesta social es quizás la única respuesta con la que cuentan los ciudadanos frente a la falta de gestión, el desinterés o el desprecio por parte de las autoridades públicas”
Es por esta razón y en base a estas dinámicas que el derecho a la protesta social es un componente esencial de una sociedad democrática*, permitiendo a lxs habitantes a expresar sus opiniones, disensos y reclamos ante las autoridades. Este derecho, intrínsecamente ligado al derecho a la libertad de expresión y reunión, facilita la participación ciudadana en la vida pública y la búsqueda de cambios sociales.
Nada de esto se avizora en la comunidad política de quienes se profesan en el partido político la “neuquinidad” y abrazan el ejercicio de la fuerza y la violación de derechos que se produce en un desalojo o represión.
Las semejanzas con el gobierno nacional, que pretende acallar cualquier reclamo, no dejan de sorprender.
Recientemente, en fecha 12 de mayo de 2025, nueve expertos y expertas de Naciones Unidas (ONU) le enviaron una carta al gobierno de Javier Milei en la que expresan su preocupación por la represión en la Argentina desde diciembre de 2023 y alertan por la “calificación política de las protestas por parte de las autoridades como actos de terrorismo o delitos contra la seguridad nacional”.
Por más de un año, relatorías especiales y grupos de trabajo de la ONU han compilado una serie de denuncias críticas respecto a la situación en Argentina. Entre los hallazgos documentados se incluyen el empleo indebido de ‘armas menos letales’ sin protocolos claros, acciones policiales desproporcionadas, lesiones graves sufridas por manifestantes, violencia policial, detenciones arbitrarias bajo condiciones deplorables y procesos judiciales preventivos, que afectaron incluso a miembros de la prensa. Todos estos informes resultaron en la presentación de observaciones y preocupaciones formales al gobierno argentino.
En su misiva, las relatorías especiales de la ONU también recordaron que el derecho a la reunión es fundamental para la consecución de otros derechos, incluidos los económicos, sociales y culturales, y subrayaron la obligación de los Estados de resguardar y facilitar la protesta. ‘La falta de respeto y garantía del derecho de reunión pacífica suele ser un indicador de represión’.
¿De qué democracia real podemos hablar si frente al disenso y la protesta sólo existe represión? ¿De qué estado de derecho se puede hablar si frente al ejercicio del derecho a la protesta quienes ejercen el poder se autoproclaman coaccionados y en nombre de ello orquestan y ejecutan la represión?
¿De qué estado de derecho se puede hablar si frente al ejercicio del derecho a la protesta quienes ejercen el poder se autoproclaman coaccionados y en nombre de ello orquestan y ejecutan la represión?”
Parece claro que la visión estrecha de la democracia, por parte de la “neuquinidad”, es la de pretender sepultar los reclamos y camuflar bajo la palabra “paz” la puesta en escena de las fuerzas represivas policiales.
El gobierno de Figueroa, alineándose a las “respuestas” del gobierno nacional, parte de la premisa de desconocer que el derecho a la protesta, el de reunión, el de libertad de expresión, entre otros, son derechos universales y son pilares fundamentales de cualquier gobierno democrático. Sí, derechos universales que -les guste o no- deben garantizar, así como también cumplir sus obligaciones legales de garantizar otros derechos constitucionales y convencionales (en este caso el de las comunidades mapuches a obtener la personería jurídica).
Las comunidades mapuche tienen derecho a obtener su personería jurídica. Es demasiado obvio recordar que las comunidades mapuche pueden reunirse, protestar, reclamar, cantar, expresar sus ideas, preservar su cultura, idioma, tradiciones y territorio, participar en la vida social, económica y cultural de la provincia y de la nación, tienen derecho a la consulta libre, previa e informada sobre asuntos que les afecten.
El gobierno de la “neuquinidad”, así como algunos de sus fiscales y de sus policías, parecen haber olvidado (entre muchas otras cosas) las estrofas del Neuquén Trabun Mapu (himno de la provincia) que reza “Un presagio de machis le corre por la sangre, multiplicando panes, igual que Nguenechén” y que “su tahiel mapuche hoy es canto al país Neuquén, país, país”.
*La Corte Interamericana ha reconocido que, en situaciones de ruptura de orden institucional democrático, la protesta debe ser entendida “no solo en el marco del ejercicio de un derecho sino al cumplimiento del deber de defender la democracia” (Caso López Lone Y Otros Vs. Honduras. Sentencia de 5 de octubre de 2015. (Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas), párr. 148 y ss)
** Los autores, María Angélica Acosta y Federico M. Egea, son abogados.