El Poder Ejecutivo de Neuquén dio un paso concreto en línea con las expresiones del gobernador Rolando Figueroa de querer transparentar el Estado provincial, en el marco de su lucha contra la corrupción. El 23 de enero pasado publicó en el Boletín Oficial un decreto que había prometido, y que establece que todos los funcionarios y empleados públicos que integran los tres poderes del Estado deben presentar declaraciones juradas de su patrimonio en los próximos 30 días hábiles.
De esta manera Figueroa, que terminó el 2024 con su propia vicegobernadora destituida por presunto enriquecimiento ilícito, comienza el año poniendo la lupa en el patrimonio de todos los trabajadores y funcionarios públicos de la provincia. Clausura, también, la tibia discusión que pretendió darse el año pasado en la Legislatura para actualizar una ley que data de la fundación de la provincia.
La obligación de presentar la declaración por parte de cualquier integrante de la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada, está contemplada en la Ley 5. Como el número lo indica, es una de las primeras leyes que se sancionaron en la Provincia desde que dejó de ser territorio nacional. Fue escrita en 1958 pero en estos casi setenta años funcionó más que nada como una declaración de intenciones puesto que escasamente se aplicó y nadie recibió sanciones por incumplir con esa obligación.
Lo que establece la Ley 5, fundamentalmente, es que los sujetos alcanzados tienen la obligación de presentar una declaración de su patrimonio al asumir el cargo. La ley contiene varios puntos a revisar. Por ejemplo, consigna que esa declaración sea “secreta” y presentada a sobre “cerrado, lacrado” y sólo podrá ser abierto en casos puntuales, como la sospecha de enriquecimiento ilícito (que sea investigada por una comisión especial de la Legislatura) o a requerimiento de un juez. Es decir, no son abiertas a la ciudadanía para que cualquier persona pueda contar con esa información que debería ser pública, según lo establecen leyes, como la de Acceso a la Información Pública, que rigen en nuestro país en consonancia con numerosos tratados internacionales a los que Argentina adhirió.
Otra debilidad que tiene la ley es que casi nadie la cumple. El año pasado, el diario Río Negro hizo un pedido de acceso a la información pública donde solicitó la nómina de funcionarios que presentaron su declaración jurada desde que asumió Figueroa. La respuesta de Jefatura de Gabinete fue que desde diciembre de 2023 a julio de 2024 solo 56 funcionarios lo hicieron, contando los tres poderes del Estado. Un número bajísimo si se tiene en cuenta que solamente en el Ejecutivo hay 2000 funcionarios activos.
En la historia de la provincia, ningún funcionario fue exonerado o se le inició un juicio político por haber incumplido con esta ley.
En junio pasado, en la Legislatura hubo un intento de sancionar una nueva ley que reemplazara a la de 1958. El proyecto llegó impulsado por el discurso oficial del presidente Javier Milei sobre la transparencia y la lucha contra la corrupción que supone encarnar. En la Legislatura aterrizó de la mano de la diputada de La Libertad Avanza, Brenda Buchiniz y fue discutido un día en la comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia.
La iniciativa de Buchiniz también tiene varios problemas: no garantiza el control de los funcionarios por parte de la ciudadanía; establece que la autoridad de aplicación sea el Ministerio de Gobierno, un órgano que también debe cumplir con la ley, lo cual genera un conflicto de intereses; e incluye a los sindicatos como sujetos obligados pese a que no corresponde porque no son organismos estatales.
El proyecto, no obstante, daba lugar a una rica discusión en torno a esos puntos cuanto menos polémicos. Lo cierto es que los legisladores nunca más lo discutieron.
Un avance a medias
La decisión de Rolando Figueroa de obligar por decreto a que se cumpla con la Ley 5 parece más una acción declamativa que una decisión genuina de transparentar la gestión. En primer lugar, porque lo que solicita en el decreto enviado el 23 de enero ya está establecido en el decreto 72 de 1976 que se encuentra vigente y no se cumple. ¿Cómo hará para que su decreto no corra la misma suerte?
Por otra parte, en lugar de promover una nueva legislación acorde a estos tiempos, el gobernador exhorta al cumplimiento de una norma que, como se dijo, tiene sus problemas.
En 2023, los abogados María Angélica Costa Meza y Federico Egea presentaron una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia respecto de la Ley 5. Puntualmente, observan los artículos 4, 5, 7 y 9 de la ley provincial y solicitan que exhorten a la Legislatura a la sanción de una nueva ley acorde a la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Uno de los argumentos esgrimidos fue que los artículos mencionados no respetan la Constitución provincial, ni la Constitución Nacional ni los tratados internacionales a los que Argentina adhiere, como la Convención Interamericana de Derechos Humanos. En cuanto al espíritu de la presentación, se remarca la defensa de un “interés colectivo” porque entienden que esos artículos “lesionan el derecho vinculado a la publicidad, a la forma republicana de gobierno, al acceso a información de trascendencia, a la transparencia y la eficiencia en la utilización de fondos públicos y especialmente porque vulnera directivas básicas y elementales para prevenir la corrupción”.
Esa acción está esperando, desde agosto del año pasado, que el Tribunal dicte sentencia.