La Legislatura neuquina aprobó la ley que habilita a la policía provincial a utilizar armas menos letales en tareas de prevención, detección y disminución del delito. Los diputados votaron en general y por mayoría –25 votos a favor y 7 en contra- la propuesta que había presentado en mayo pasado el diputado Marcelo Bermúdez, del PRO- NCN.
El bloque de Bermúdez es uno de los que aportaron los votos positivos, junto a DC-Comunidad, Cumplir, Hacemos Neuquén, Avanzar, JxC-UCR, Juntos, Neuquén Federal, Arriba Neuquén, y parte del MPN y de UxP, que votaron en forma dividida. Mientras que el FIT-U y el PTS-FIT-U la rechazaron.
La ley dispone que la policía deberá aplicar los protocolos nacionales e internacionales para la capacitación y uso de armas o dispositivos menos letales, como así también las orientaciones de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos.
Los efectivos deberán recibir capacitación especializada como requisito esencial y podrán utilizarlas en los siguientes casos: para inmovilizar, proceder a la detención o impedir la fuga de quien represente peligro inminente de lesionar a terceras personas o de autolesionarse; para ejercer la legítima defensa propia o de terceras personas; y para impedir la comisión de un delito.
Al defender la iniciativa, Bermúdez explicó que la intención es poder dotar al cuerpo policial de un arma menos letal que proteja tanto al uniformado que interviene para prevenir un delito, la integridad física de terceros involucrados, la propia víctima y el delincuente que pretende llevar a cabo un acto delictivo. En ese sentido, recordó que a la fecha la policía provincial sólo puede portar un arma reglamentaria 9 milímetros y que, por las consecuencias legales y laborales que puede ocasionar su uso, muchas veces el agente evita utilizarla al intentar detener a un delincuente.
El tema derivó en una división en el bloque de UxP neuquino. Mientras Lorena Parrilli rechazó la propuesta, Darío Peralta y Darío Martínez votaron a favor. Parrilli señaló que se trata de una ley “amplia, desdibujada y poco clara” y cuestionó que el debate se realizó sin datos y sin los actores involucrados. Por su parte, Martínez argumentó que “cualquier arma menos letal que pueda utilizar la policía siempre va a ser mejor”. Sin embargo, planteó que la ley no va a redundar en una disminución de los índices de inseguridad y remarcó la necesidad de políticas públicas en salud, educación y adicciones.
El bloque del MPN también votó dividido. En contra se pronunciaron Daniela Rucci, Paola Cabeza, Ludmila Gaitán y Gerardo Gutiérrez. Gaitán objetó que el Ministerio de Seguridad no se pronunció a favor de la implementación de armas no letales y calificó de “amplio y arbitrario” las alternativas en las cuales un uniformado puede utilizar este tipo de dispositivos. Gutiérrez advirtió la falta de información respecto al desembolso que la provincia deberá realizar para la adquisición del equipamiento, el proceso de capacitación y la cantidad de uniformados que podrán portar este tipo de armas. También apuntó que en toda la normativa no se hace mención a un marco sancionatorio que castigue por su uso indebido.
Voces en contra
Tal como informó Intempestiva cuando esta iniciativa salió a la luz, diversos organismos que abordan la problemática delictual consideran que iniciativas como la que acaba de aprobar la Legislatura no contribuyen a solucionar los problemas delictivos y, por el contrario, pueden derivar en un aumento de la violencia institucional.
Desde APDH Neuquén se habían manifestado en contra de la iniciativa argumentando que en la provincia de Neuquén “existen antecedentes contundentes de casos de violencia policial con armas no letales que se cobraron vidas y ocasionaron serias lesiones por su peligrosidad y uso inadecuado”. Como ejemplo, mencionaron el asesinato del docente Carlos Fuentealba.
María del Carmen Verdú, referente de la Correpi, recordaba que no existen las “armas no letales”, algo que fue incorporado en el debate en la Legislatura y en la redacción del texto que tuvo despacho en la Comisión de Derechos Humanos se cambió por “armas menos letales”, en comparación con las armas de fuego. Pero remarcaba que “si una pistola o artilugio similar descarga una corriente eléctrica sobre el cuerpo de una persona, es un instrumento de tortura, una picana portátil a distancia” por lo que “su uso está prohibido por la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes a nivel nacional”.